16 de Diciembre de 2007

IBERMEDIA

Llamativa modificación al acuerdo latinoamericano de coproducción cinematográfica

El texto original del Acuerdo, aprobado por la Argentina mediante la Ley N° 24.202, exige en su Artículo Sexto que el Director de la película sea “la máxima autoridad artística y creativa en la coproducción” y no autoriza en su Artículo Quinto las coproducciones financieras.

Curiosamente ahora en el texto de ese Convenio que difunde el Programa Ibermedia dichas exigencias han desaparecido sin que los motivos y el fundamento legal de esa alteración sean aclarados.
Consultada la Cancillería Argentina, informó que no existe modificación alguna a ese Acuerdo, ni realizada ni en trámite. O sea que nuestro país no podría reconocer lícitamente una coproducción que no se ajuste a la Ley aprobada por el Congreso de la Nación.

Siendo los derechos del Director de cine objetivo primordial de DAC, nuestra entidad se dirigió entonces a la presidencia del INCAA mediante nota del 12/11/07, solicitando información respecto de las mencionadas alteraciones. Y (amparados por el decreto 1172/03 que garantiza a toda persona acceder a la información pública), por nota del 3/12/07 requerimos formalmente si se han reconocido a la fecha coproducciones en virtud del Acuerdo Iberoamericano de Coproducción Cinematográfica, en las cuales no se hubiere dado cumplimiento a las exigencias oportunamente aclaradas, solicitando a la vez autorización para extraer copia de los expedientes que pudieran encontrarse en tal situación.

El organismo respondió por nota del 27/11/07 a través de su Gerencia de Asuntos Jurídicos, manifestando que aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y organizaciones internacionales corresponde al Congreso, pero que no es posible desconocer las referidas ‘enmiendas’ suscriptas cuya aplicación decidió por unanimidad la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI) reunida en Buenos Aires el 18 de Julio de 2007.

Lo cierto es que, opinión jurídica aparte, para introducir las citadas ‘enmiendas’, las autoridades del INCAA no realizaron ningún tipo de consultas con las entidades representativas de la Industria Cinematográfica, por lo menos con las del sector de los directores.
DAC está recabando asesoramiento legal para continuar con su reclamo en nombre de quienes dedicamos nuestra actividad a que el cine, además de un negocio, también pueda ser considerado un arte.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

Archivo: Info DAC N°68

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