Uruguay aprueba nuevas leyes de Derecho de Remuneración para los Creadores Audiovisuales y amplía el plazo de protección del derecho de autor a 70 años

El Parlamento Uruguayo aprobó el 18 de diciembre ppdo., la modificación de la Ley de Derechos de Autor para el sector Audiovisual, la cual fue promulgada por el actual Presidente Tabaré Vázquez (Ley No. 19.858) con el apoyo de todos los partidos políticos

Los Autores nucleados en AGADU – Asociación General de Autores de Uruguay, institución que protege sus derechos económicos dentro y fuera de su territorio lideraron una larga lucha por conquistar sus derechos. Tras años de trabajo colectivo con los colegas latinoamericanos nucleados en la FESAAL – Federación de Sociedades de Autores Audiovisuales Latinoamericanos – el Parlamento Uruguayo aprobó una modificación que establece un derecho de remuneración para los Guionistas, Directores de Cine y Autores o Compositores de obras musicales, por la comunicación pública de obras audiovisuales, incluyendo la exhibición pública de películas cinematográficas.

Este logro a remuneración es inalienable y su gestión puede realizarse de forma colectiva. Con esta adopción, Uruguay se convierte en el tercer país de América Latina en consagrar este derecho. Los legisladores también aprobaron la ampliación del plazo de protección del derecho de autor de 50 a 70 años.

Este proyecto fue presentado inicialmente en la Cámara de Senadores por el Senador Pablo Mieres, quien lo había propuesto como algo “grave y urgente”. La Sociedad Uruguaya de Artistas Intérpretes (SUDEI) y la Cámara Uruguaya del Disco (CUD), con el apoyo de AGADU, pedían esta legislación desde la última reforma de la Ley de Derechos de Autor en el año 2003.

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