DAC AGENTE RECAUDADOR PARA EL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

El 12 de diciembre de 2016 se publicó en el Boletin Oficial la Resolución FONDO NACIONAL DE LAS ARTES NRO. 16001/2016 por la cual DAC se encuentra facultada para la percepción de los derechos que corresponderían a los directores por las obras cinematográficas y/o audiovisuales nacionales o extranjeras que se encuentren caídas en el dominio publico por haber transcurrido su plazo de proteccion legal que le acueral la legislacion vigentes.

Especificamente la resolucion señala que los “productores, importadores, distribuidores y/o exhibidores en salas cinematográficas y/o de exhibición de obras audiovisuales y/o cualquier otro espacio abierto o cerrado donde se exhiban obras cinematográficas y demás obras audiovisuales estarán obligados a remitir el último día del mes correspondiente al de la utilización de la obra con carácter de declaración jurada la información relativa a la/s obra/s exhibida/s, sala o lugar de la exhibición, cantidad de localidades vendidas, precio discriminado por localidad, total recaudado, porcentaje de los derechos sobre el total recaudado y total a abonar a la sociedad autoral así como cualquier otra información que la sociedad autoral requiera para los derechos de autor de dominio privado.”

El plazo de protección acordado internacionalmente es de 50 años en el caso de obras estrenadas en Argentina dicho plazo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente al fallecimiento del Director o del ultimo de los colaboradores de la obra.

Firma del Convenio FNA – DAC

Mirá en el video un resumen de este histórico momento.

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