11 de Diciembre de 2019

Perú promueve la actividad cinematográfica y audiovisual a través de un Decreto

El Presidente Martín Vizcarra firmó el decreto N° 022-2019 que tiene como objetivo promover la actividad cinematográfica y audiovisual a fin de contribuir a su desarrollo integral, sostenido e inclusivo, debido a que en 2019, la misma ha presentado una desaceleración en su crecimiento y desarrollo, poniendo en riesgo su dinamismo, así como la circulación e inserción de obras cinematográficas y audiovisuales en el mercado nacional, y la competitividad de la actividad.

El decreto tiene como finalidades principales el promover e impulsar de manera integral y descentralizada la actividad cinematográfica y audiovisual, asegurando su calidad, crecimiento y competitividad comercial; fomentar y salvaguardar la diversidad de expresiones culturales; estimular la educación en el Perú, así como el intercambio de conocimientos y experiencias; promover, difundir y preservar las obras cinematográficas y audiovisuales peruanas, como expresiones artísticas y creativas que contribuyen al desarrollo de la cultura, así como al reconocimiento de la pluralidad étnica y cultural de la Nación; entre otros puntos.

Además, a través del mismo se detalla que el fomento de la actividad cinematográfica y audiovisual consistirá en el acceso descentralizado a la actividad cinematográfica y audiovisual; en el desarrollo integral, sostenido e inclusivo, impulsando la producción, distribución y exhibición de obras peruanas en el territorio nacional y en el extranjero; en la formación, capacitación y especialización profesional en el ámbito nacional e internacional; en el estímulo a la investigación y la difusión, promoviendo tanto el desarrollo de lenguajes y formas de expresión innovadoras, así como la investigación, el desarrollo y la aplicación de nuevas tecnologías.

En cuanto a los estímulos económicos, el decreto resalta que el Ministerio de Cultura se encuentra autorizado a otorgar estímulos económicos a personas naturales de nacionalidad peruana o personas jurídicas de derecho privado, debidamente constituidas en el país. Los estímulos se conceden con cargo a los recursos de su presupuesto anual institucional, asignando para ello un mínimo de seis mil unidades impositivas tributarias, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, pudiéndose disponer de un 5% de esta asignación para la administración del otorgamiento de estímulos.

La norma también señala que el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Educación promueven, en forma articulada y en el marco de sus competencias, la enseñanza del lenguaje audiovisual y su apreciación crítica desde la educación básica, procurando su uso como medio de aprendizaje y de difusión cultural, y promoción de derechos, facilitando la creación y formación de públicos con especial énfasis en niños, niñas y adolescentes. Asimismo, promueven la formación profesional, capacitación y especialización de nivel superior dirigido a artistas, técnicos, profesionales-técnicos y profesionales en las diversas áreas, con especial énfasis en los nuevos productores.

También, se dispone la promoción internacional de la producción cinematográfica y audiovisual en el territorio nacional a través del Ministerio de Cultura y el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que realicen acciones de promoción internacional de la producción cinematográfica y audiovisual nacional, impulsando su presencia en eventos internacionales. De igual manera, promuevan condiciones favorables para la producción cinematográfica y audiovisual nacional y extranjera en el Perú.

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