30 de Mayo de 2006

Crisis

Se han producido una serie de hechos que, creemos, debemos reflexionar entre todos los directores cinematográficos argentinos. Es por ello que el presente número de InfoDAC desarrolla temas que, en el presente, están colocando la situación institucional en una situación crítica.

1. Ausencia

Desde hace más de seis años no se cumple con lo indicado en la Ley de Cine por lo cual debe constituirse, y trabajar a plenitud, el CONSEJO ASESOR, órgano de gobierno en el funcionamiento institucional ya que es el único espacio de debate sobre políticas cinematográficas, nombramiento de miembros de los diversos Comités que funcionan en el INCAA y contralor sobre los actos de las autoridades del mismo.

A continuación se transcriben los párrafos que definen al CONSEJO ASESOR en tanto su conformación y funciones.
(Ley 17.741 y modificatorias)

ARTICULO 2— … El Consejo Asesor estará integrado por ONCE (11) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, de los cuales CINCO (5) serán propuestos por la Asamblea Federal, nombrando personalidades relevantes de la cultura, UNO (1) por cada región cultural, y los restantes SEIS (6) serán propuestos por las entidades que, con personería jurídica o gremial, representen a los sectores del quehacer cinematográfico enumerados a continuación, las que propondrán personalidades relevantes de su respectivo sector de la industria. Si existiese en un mismo sector más de una entidad con personería jurídica o gremial, dicha propuesta será resuelta en forma conjunta, quedando vacante el lugar respectivo hasta tanto no se produzca el acuerdo entre ellas. Las entidades propondrán: DOS (2) directores cinematográficos; DOS (2) productores, uno de los cuales deberá ser productor de series, miniseries, telefilmes o películas destinadas a la exhibición televisiva o por medio de videocassettes; UN (1) técnico de la industria cinematográfica y UN (1) actor con antecedentes cinematográficos.

El mandato de los asesores designados a propuesta de la Asamblea Federal y las entidades será de UN (1) año, los cuales podrán ser reelegidos por única vez por un período igual, pudiendo desempeñarse nuevamente en el Consejo Asesor cuando hubiese transcurrido un período similar al que desempeñaron inicialmente.

ARTICULO 5— El Consejo Asesor tendrá como funciones aprobar o rechazar los actos realizados por el Director ejercidos de acuerdo a las atribuciones conferidas en el artículo 3�, incisos a), g), k) y m), y designar comités de selección para la calificación de los proyectos que aspiran a obtener los beneficios de esta ley, los que se integrarán con personalidades de la cultura, la cinematografía y artes audiovisuales.

2. Antecedentes

Si bien durante un período de dos años, aproximadamente entre el 2001 y 2002, funcionó un Consejo, nunca fue oficialmente nombrado a través del decreto presidencial que indica la ley. Sus reuniones no fueron sistemáticas y no tuvieron una especial significación en las medidas instrumentadas desde la Dirección del INCAA. Luego hubieron llamados informales en algunas oportunidades pero nunca una actividad continua y legalizada del Consejo dejando vacío el lugar de control y debate de la política cinematográfica. Las sucesivas Direcciones del INCAA tuvieron, en ese sentido, la absoluta libertad de disponer de las medidas que regulan la actividad. Se puede afirmar que el acceso a la información de ciertas resoluciones era restringido por lo cual no se podía contar con elementos indispensables para la evaluación y análisis de las políticas instrumentadas.

3. Acciones

La permanente actitud de DAC fue solicitar, en cada oportunidad disponible, la constitución del Consejo Asesor para dar cumplimiento a lo dispuesto a la ley de cine y crear el espacio institucional de debate y evaluación necesario. Esta idea se viene planteando muy especialmente desde la conquista de la autarquía del INCAA en cuanto al manejo de los fondos destinados al fomento de la actividad. Dicho logro, se vio parcialmente empañado al no crearse un mecanismo contralor y de responsabilidad compartida en el manejo del Fondo de Fomento. Es por ello que DAC, así como otras entidades del cine, insistieron en la necesidad de convocar al Consejo Asesor, órgano natural de tales acciones.

4. Los acontecimientos

Como resultado de estas acciones y luego del nombramiento de las nuevas autoridades del INCAA se dictó la Resolución N° 301/2006 que en sus considerandos indica:

… que es conveniente contar con un Registro que incluya a las distintas instituciones, que con personería jurídica o gremial, representen a los diferentes sectores de la actividad cinematográfica y que a fines de que el Poder Ejecutivo Nacional designe a las personas que propondrán las entidades para conformar el Consejo Asesor y de obtener una información actualizada al respecto, resulta necesario crear un Registro de Asociaciones a fin de que se inscriban en el Organismo todas las entidades que representen a las distintas esferas del quehacer cinematográfico

y resuelve crear un REGISTRO DE ASOCIACIONES para lo cual solicita a las que poseen personería jurídica o gremial la presentación de la documentación respectiva dando un plazo hasta el pasado 10 de marzo del 2006.

En el caso de los directores de cine se presentaron las siguientes Asociaciones y DAC pudo analizar, sobre datos ciertos, las presentaciones realizadas y que se enuncian a continuación:


ENTIDAD CANTIDAD
DE DIRECTORES
PELÍCULAS
DECLARADAS
A.A.D.C. 9 8
D.I.C. 19 14
P.C.I.. 34 27
D.A.C. 130 53

En términos porcentuales significan sobre un total de ciento noventa y dos (192) directores declarados y ciento dos (102) películas estrenadas en los últimos dos años

ENTIDAD CANTIDAD
DE DIRECTORES
PELÍCULAS
ESTRENADAS
A.A.D.C. 4.69% 7.84%
D.I.C. 9.90% 13.73%
P.C.I. 17.70% 26.47%
D.A.C. 67.70% 51.96%

Un análisis de los datos indica que DAC reúne una cantidad de directores mayor a la de la suma del resto de las entidades así como que supera más del 50% del total de películas entre los títulos estrenados por sus afiliados en el período 2004/2005.

El INCAA no realizó un análisis de dichos datos ni tomó resolución alguna respecto de la representatividad del sector en el Consejo Asesor, tal como establecen los fundamentos de la Res. 301 transcripta, sino que invitó a las Asociaciones de Directores a una reunión para, según afirmaba en la convocatoria, poder acordar una definición del tema de la representatividad. Algo así como una instancia política de debate. En dicha reunión, donde convergieron delegados de diversas entidades de directores y productores DAC, en la figura de su presidente Carlos Galettini, cuestionó el mecanismo ya que no era el que se había acordado con anterioridad. Todos los demás presentes, sin embargo, se mostraron favorables a la instancia de discusión entre entidades por lo cual DAC aceptó participar de la correspondiente a la de directores nombrando a su vicepresidente, Ricardo Wulischer, como representante.

La reunión se realizó con la participación de Javier Torre (A.A.D.C.), Marcelo Schapces (D.I.C.), Ulises Rossell (P.C.I.) y funcionarios del INCAA – Fabián Blanco, Gerente de Fomento, Alberto Urthiague, Administración, María Lenz, vicepresidenta del INCAA y funcionarios de la Gerencia de Asuntos Jurídicos-. El delegado de D.A.C. expuso que debido a los resultados que el INCAA había obtenido de su pedido de informes a las entidades era evidente que, cualquiera fuese el criterio de representatividad que se considere, Directores Argentinos Cinematográficos se hacía merecedor de contar con los dos lugares que le corresponden a directores en el Consejo Asesor pero que es posición de DAC ceder uno de los dos espacios a otra organización, la de mayor representatividad luego de DAC. Era, por lo tanto, evidente que dicho delegado surgiera de Proyecto Cine Independiente (PCI) ya que ameritaba un mayor número de directores y películas. La propuesta fue resistida por los representantes de las otras asociaciones de directores aunque finalmente primó el criterio que lo planteado por DAC era lo correcto.

Hubo, eso sí, por parte de los mismos delegados, un cuestionamiento a ciertos directores de DAC para ser nominados como delegados en el Consejo Asesor, siendo claro esta, que justamente estos directores han sido la cara visible de la pelea por lograr un el urgente funcionamiento de un Consejo Asesor con una legitima representacion de los directores.

En la reunión de la DAC que trató el tema, luego de una discusión sincera y conflictiva entre los miembros de la Comisión Directiva, se decidió no proponer a estos colegas, como gesto de evitar confrontaciones inútiles, y se eligió a uno de los miembros de la CD como representante en el Consejo Asesor. Con tal mandato concurrió nuevamente el Vicepresidente de DAC a la reunión fijada para hacer conocer los nombres de los delegados de DAC y PCI y ante las mismas personas que la reunión anterior. Los delegados Torre y Schapces afirmaron que no mantenían el acuerdo pactado sino que proponían a uno de ellos como delegado de directores en el Consejo Asesor. Algunos, no todos, de los funcionarios del INCAA presentes confirmaron que se había tomado el compromiso de respetar las mayorías de DAC y PCI pero no hubo acuerdo al respecto.

5. Algunas reflexiones

Vale la pena preguntarse porqué motivos, aun ante evidencias tan indiscutibles como las que el propio INCAA informó, un grupo muy minoritario de directores tiene una actitud que no respeta las reglas a las cuales, en forma democrática y pluralista, están sometidas la instituciones del quehacer cinematográfico y aun de otras actividades.

Se trata de imponer una decisión que no es compartida por la gran mayoría de cineastas, los más representativos y de mayor actividad en los últimos años. También es posible cuestionar una cierta neutralidad por parte del INCAA ya que fue ese mismo Instituto quien tomó la iniciativa de reglamentar la representatividad asumiendo un compromiso ético y político que parece diluirse en una falta de definición del tema. Se recuerda que el Consejo Asesor debe dictaminar en el nombramiento de Jurados, integrantes de los Comités en el INCAA, sistemas de contralor en el destino del Fondo de Fomento, debate de políticas de fomento y difusión y otros aspectos no menos importantes.

Concretamente ante esta situación existe la posibilidad, no muy remota, que por la arbitrariedad de un grupo muy reducido de directores y la falta de definiciones de las autoridades del INCAA se constituya un Consejo Asesor sin representantes de los Directores Cinematográficos, siendo este sector uno de los más, sino el mayor, propulsor de la actividad cinematográfica local y su proyección en el mundo. Ante tal circunstancia solicitamos a todos los integrantes de DIRECTORES ARGENTINOS CINEMATOGRÁFICOS – DAC nos hagan llegar sus opiniones y las medidas que, según crea cada uno, deberían adoptarse para lograr una representación genuina y democrática en el Consejo Asesor.

D.A.C. / Comisión Directiva
8 de Mayo 2006

Archivo: InfoDAC N°63

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